domingo, 6 de marzo de 2011

Planteo de inconstitucionalidad de la Ley de Bosques en Cordoba

Dr. Fernando R. Barri
Cátedra de Problemática Ambiental
Centro de Ecol. y Rec. Nat. Renovables
Facultad de Cs. Exactas Físicas y Naturales
Universidad Nacional de Córdoba
Argentina
E-mail: fbarri@efn.uncor.edu


El pasado 18 de febrero se realizó en la sede Córdoba de la Defensoría del Pueblo de la Nación (DPN), una reunión entre el Ombudsman Nacional, Dr. Anselmo Sella, y representantes tanto de de la Comisión de Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo (COTBN), como de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC) y de los particulares que realizaron las denuncias correspondientes a la inconstitucionalidad de la Ley 9814, sancionada por la Legislatura Provincial en agosto de 2010. 
En dicha reunión, convocada por la Dra. Cristina Maiztegui, titular del área medio ambiente de la DPN, participaron técnicos de la UNC y la Universidad Nacional de Río Cuarto (UNRC), miembros de ONGs y organizaciones sociales, del Movimiento Campesino de Córdoba, la Legisladora Adela Coria, y el Dr. Marcelo Ferrer Vera, en representación del Rectorado de la UNC.

En el transcurso de la reunión, el Dr. Sella y los demás integrantes de la DPN recabaron toda la información que les brindaron los presentes sobre lo que fue el proceso técnico y participativo de la COTBN, y acerca de los aspectos más contundentes que hacen inconstitucional a la Ley provincial, en relación a los presupuestos mínimos fijados en la Ley Nacional 26331 de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos. Asimismo, se le brindó información detallada del grave estado de situación de los ecosistemas boscosos en la provincia de Córdoba y las consecuencias que traerá aparejada la aplicación de la Ley Provincial, no sólo en materia ambiental, sino también en lo social y económico.

Entre los aspectos principales que la DPN detectó como inconstitucionales en la Ley Provincial, respecto de la Nacional, se pueden mencionar: 
  1. Que se permite "un aprovechamiento sustentable" de los bosques de la categoría I, lo cual podría permitir una alteración de los mismos, cuando la Ley Nacional establece que éstos son inmodificables. 
  2. Que establece la posibilidad de pasar áreas de la categoría roja a la verde, en el caso de que existiera infraestructura para el riego (Artículo 14), cuando la Ley Nacional claramente no lo permite. 
  3. Que la norma provincial no haya respetado el proceso participativo realizado por la COTBN y se hayan modificado los fundamentos del Proyecto de Ley elaborado por dicha comisión.


Todos los participantes acordaron que la mejor estrategia a seguir sería que la DPN acompañe la acción interpuesta por la UNRC ante la Corte Suprema de Justicia (que cuenta con toda la información técnica y la fundamentación jurídica necesaria). Ante ésto el Ombudsman Nacional se comprometió, una vez analizada toda la información, a desarrollar la mejor estrategia legal para estos fines. Además, afirmó que las acciones que realice la DPN no abarcarían solamente aspectos declarativos, sino que era su intención realizar todas acciones que la constitución le faculta para defender los intereses de la ciudadanía de Córdoba y el respeto irrestricto de la norma nacional.

Finalmente, los presentes se comprometieron a mantener el control ciudadano, haciendo valer las herramientas legales y administrativas con las que aún se cuenta, para evitar que se sigan realizando desmontes y degradación ambiental en nuestra provincia. 

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