Finalmente se publicó este 16 de agosto pasado en el Boletín Oficial (por lo cual se encuentra vigente), el Decreto 1131/12 de Poder Ejecutivo Provincial, dictado el 4 de octubre del año pasado. Este tiende a subsanar (de manera no muy ortodoxa, según los entendidos), los dos puntos más conflictivos de la ley provincial 9814, de Ordenamiento territorial del Bosque Nativo de Córdoba, mediante el "diferimiento" hasta 2015 (momento en que debe sancionarse una nueva ley provincial, según lo previsto en la normativa nacional), de ciertos párrafos de un par de artículos.
La referida ley ha sido fuertemente objetada en varios de sus artículos, por numerosos especialistas en general y los miembros de la COTBN en particular, ya que no refleja el texto y espíritu original fruto de la instancia participativa de elaboración (requisito establecido por ley nacional). Además, la Universidad Nacional de Río Cuarto elevó un recurso judicial de inconstitucionalidad (actualmente en tratamiento en la Corte Suprema de Justicia) y la Universidad Nacional de Córdoba acudió al Defensor del Pueblo de la Nación, quien se expidió manifestando que la ley no cumplía los presupuestos mínimos de la ley nacional 26331 de Bosques Nativos (conocida como Ley Bonasso).
La ley, en síntesis, permite actividades ganaderas dentro de los bosques más valiosos, no excluye el aprovechamiento forestal, y supedita la protección del bosque al eventual hallazgo de fuentes de agua, cumplido lo cual podría desmontarse para realizar agricultura.
La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación observó la ley provincial por esta razón, bloqueando en consecuencia el envío de 20 millones de pesos anuales a la provincia (que correspondía destinar a las acciones de conservación de los bosques nativos), hasta que ésta modificase su ley de modo de cumplir con la ley nacional.
La referida ley ha sido fuertemente objetada en varios de sus artículos, por numerosos especialistas en general y los miembros de la COTBN en particular, ya que no refleja el texto y espíritu original fruto de la instancia participativa de elaboración (requisito establecido por ley nacional). Además, la Universidad Nacional de Río Cuarto elevó un recurso judicial de inconstitucionalidad (actualmente en tratamiento en la Corte Suprema de Justicia) y la Universidad Nacional de Córdoba acudió al Defensor del Pueblo de la Nación, quien se expidió manifestando que la ley no cumplía los presupuestos mínimos de la ley nacional 26331 de Bosques Nativos (conocida como Ley Bonasso).
La ley, en síntesis, permite actividades ganaderas dentro de los bosques más valiosos, no excluye el aprovechamiento forestal, y supedita la protección del bosque al eventual hallazgo de fuentes de agua, cumplido lo cual podría desmontarse para realizar agricultura.
La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación observó la ley provincial por esta razón, bloqueando en consecuencia el envío de 20 millones de pesos anuales a la provincia (que correspondía destinar a las acciones de conservación de los bosques nativos), hasta que ésta modificase su ley de modo de cumplir con la ley nacional.
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